Los yates de menos de 24 metros normalmente requieren un Certificado de Conformidad Europeo (CE) para registrarse en Polonia. Sin embargo, si la ley no exige que un barco tenga un certificado CE, este requisito no se aplica. Así que podemos hacer referencia a la Directiva 2003/44 / CE del Parlamento Europeo sobre la normativa de los Estados miembros relativa a las embarcaciones de recreo:
"Quedarán excluidos del ámbito de aplicación de la presente Directiva: ... las embarcaciones construidas para uso propio, siempre que no se comercialicen posteriormente en el mercado comunitario durante un período de cinco años".
Por lo tanto, si el barco es para uso personal y no se vende durante 5 años desde que fue construido, no necesita un certificado CE.
Es una buena idea mantener algún registro de cuándo el barco fue navegable por primera vez para documentar el inicio del período de 5 años fuera del mercado; Un recibo de marina, por ejemplo.
El propietario deberá tener una prueba de propiedad de su barco para el registro polaco. Esto podría ser un registro de barco local previo o recibos de materiales de construcción comprados, por ejemplo.