Los patrónes de yates polacos de menos de 200 GT deben:
- tener más de 20 años
- poseer un certificado de capitán de lancha motora o un certificado de capitán de yate
- tener 6 meses de experiencia en navegación desde la obtención del certificado
- haber completado la formación básica de seguridad STCW 4.
- Certificado Medico
- tener un certificado de operador de radioteléfono válido
Reconocimiento de documentos de calificación extranjeros
El procedimiento para reconocer documentos de calificación extranjeros para miembros de tripulaciones de yates comerciales debe cumplir con los requisitos de la Convención STCW. Como ocurre con los documentos de reconocimiento extranjeros de los miembros de la tripulación de los buques de navegación marítima en el transporte marítimo internacional.
La emisión de la confirmación del reconocimiento de un título extranjero sólo puede tener lugar para un documento expedido sobre la base del Convenio STCW, con referencia a reglamentos específicos. Esta base debe quedar clara en el documento de calificación confirmado. Sin emabargo,
el documento debería ser expedido por la administración marítima de los Estados en cuestión o bajo la autoridad de la administración marítima. Lo mismo ocurre con los certificados de formación en seguridad y los certificados de especialistas, es decir. la declaración de equivalencia solo puede referirse a los certificados emitidos sobre la base de los reglamentos del Convenio STCW por la administración de un Estado miembro de la UE o un tercer país que ha sido reconocido por la Comisión Europea para la formación y expedición de la gente de mar titulaciones y con las que el ministro responsable de la economía marítima celebró un convenio relativo al reconocimiento de los títulos y certificados expedidos por ese estado o por un centro autorizado con las autorizaciones de las administraciones marítimas de estos países.